Libre Transito y Libre Estacionamiento Limitaciones
Que tal, como habran visto en la entrada anterior dejamos a su alcanse la solicitud, instructivo y software para poder ver las respectivas planillas de solicitud de libre transito y libre estacionamiento, muy bien en esta ocacion les dejaremos sus LIMITACIONES para asi poder evitar cualquier inconveniente.
1.- El Simbolo Fijo Inetrnacional de Acceso para identificar a los Automotores Particulares se otorgara para una unica unidad por grupo familiar.
2.- Llevara gravado el numero de patente y debera ser fijado por personal del Servicio Nacional de Rehabilitacion, o por personal Policial del municipio donde resida el beneficiario, en lugar visible, en el parabrisas delantero lado derecho parte superior, en la luneta trasera lado izquierdo parte superior del correspondiente vehiculo a individualizar.
3.- La autorizacion para el uso vencera cuando:
A) El vehiculo deje de pertenecer al beneficiario.
B) El vehiculo deje de estar afectado a su servicio.
C) Se produzca el fallecimiento de la persona con discapacidad transportada habitualmente.
En estos casos se debe reintegrar dicho simbolo con su respectivo certificado de uso original en forma inmediata al Servicio Nacional de Rehabilitacion.
4.- Los simbolos son instranferibles y su indebida utilizacion se sancionara de conformidad con la legislacion de transito.
5.-El derecho a estacionar en lugar reservado para personas con Capacidades Diferentes solo rige cuando se encuentra el beneficiario en el vehiculo, en caso contrario carece de vigencia y podran labrarse las infracciones correspondientes.
6.-En la actualidad los usuarios que circulan con el Simbolo Internacional de Libre Transito y Estacionamiento, se encuentran materialmente exentos del pago de peajes.
A) En toda Autopista de la provincia de Buenos Aires sera otorgado un pase de libre circulacion.
B) Si la explotacion de la autopista estuviera concesionada, la empresa adjudicataria podra descontar del pago del canon estipulado, los pases que hubieran sido otorgados por la misma.
C) Los pases se gestionaran ante la autoridad publica designada o ante la oficina de atencion al cliente de la empresa adjudicataria segun el caso, presentando el certificado de discapacidad y constancia de otorgamiento de la oblea de libre tansito y libre estacionamiento.
Regulan estas pautas la Ley 13.952, Decreto 56/09, Disposicion Nº 601/2007, Codigo de Transito segun la jurisdiccion.